Prensa SEPLA - EFE
Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea (AENA) recordó que el próximo lunes, día 6, entrará en vigor la nueva normativa de la Unión Europea sobre seguridad aérea que incluye restricciones en el equipaje de mano, en el que no se podrán llevar líquidos en envases que superen los 100 mililitros.
La puesta en marcha de las nuevas medidas es una respuesta al plan de atentar contra aviones de pasajeros con explosivos líquidos camuflados en el equipaje de mano y que fue desarticulado en agosto pasado por las autoridades británicas.
Las normas fueron aprobadas el pasado 27 de septiembre por un comité de expertos en seguridad aérea de los Veintinco países comunitarios.
El ente gestor de los aeropuertos españoles recordó ayer, en un comunicado, que a partir del próximo lunes únicamente se podrán transportar líquidos en envases individuales con capacidad no superior a 100 mililitros.
Estos envases deberán ir en una bolsa de plástico transparente que se pueda abrir y cerrar y de capacidad no superior a un litro.
AENA detalló que el concepto de líquidos incluye cremas, geles, pastas, lociones, bebidas, jarabes, perfumes, espuma de afeitar, aerosoles y otros artículos de consistencia similar.
La nueva normativa también implicará que los ordenadores portátiles y otros artículos eléctricos o electrónicos de gran tamaño se retirarán del equipaje de mano antes de pasar el control y serán inspeccionados por separado.
Asimismo, los abrigos y chaquetas de los pasajeros serán inspeccionados como piezas de equipaje de mano separadas.
La normativa establece determinadas excepciones a esas reglas, y permite llevar en el equipaje de mano medicamentos y líquidos para dietas especiales y comidas infantiles "siempre y cuando sea para su consumo durante el vuelo, y en cualquier caso, deberán presentarse en el control de embarque para su inspección".
Una vez pasado el control de seguridad, los viajeros podrán transportar en el equipaje de mano los líquidos o cremas que adquieran en las áreas comerciales de la zona de embarque, sin ningún límite.
AENA especificó que cuando se trate de un vuelo directo entre aeropuertos de la UE no se requerirá bolsa especial, y cuando se trate de un vuelo con conexión en otro aeropuerto de la UE o de ida y vuelta en ese día el vendedor los introducirá en bolsas selladas con el comprobante de compra en su interior, y no deberán ser abiertas hasta la finalización del viaje.
Los pasajeros que quieran transportar líquidos, geles o productos similares en envases mayores de 100 mililitros podrán hacerlo en el equipaje facturado, sin limitación.
Además de estas medidas, el nuevo Reglamento de la UE establece otra complementaria que entrará en vigor el 6 de mayo de 2007 y referida a las dimensiones para las maletas o bolsas de viaje de mano, que no deberán exceder de 56x45x25 centímetros.
El equipaje de tamaño superior, como instrumentos musicales, artículos frágiles o de un valor considerable, deberá ser presentado por el pasajero en facturación para su aprobación como equipaje de mano y en el control de seguridad para ser inspeccionado.
AENA destacó que los pasajeros pueden informarse sobre estas nuevas normas en las instalaciones aeroportuarias de AENA, en el teléfono 902404704 y en la página www.aena.es.
Escrito por Luis en: Noviembre 2, 2006 09:16 AM